República Dominicana

Gracias a su ubicación estratégica, estabilidad económica, acceso a los mercados más importantes y buen clima de negocios, República Dominicana se ha convertido en un destino líder en atracción de inversiones en el Caribe.

¿Por qué RD?

Estratégica localización geográfica y proximidad con destinos comerciales de gran relevancia, lo que nos posiciona en el mapa del “nearshoring”.

Acceso privilegiado a los mercados más importantes.

Estabilidad política, económica y social.

Economía creciente y buen clima de negocios.

Acceso a mano de obra calificada.

Modernas infraestructuras portuarias y aeroportuarias.

Avanzada infraestructura de conectividad: circuito vial que conecta a todas las regiones del país.

Tratados de libre comercio

Acuerdos de libre comercio que permiten el acceso a más de 900 millones de personas y consumidores en todo el mundo.

DR-CAFTA

Acuerdo de libre comercio entre la República Dominicana, Centroamérica y los Estados Unidos de América.

EPA

Acuerdo de Asociación Económica entre la Unión Europea y los países del CARIFORO (Comunidad del Caribe y República Dominicana).

RD-CARICOM

En virtud de este acuerdo, la República Dominicana tiene la posibilidad libre de aranceles para los países de la Comunidad del Caribe (CARICOM): Barbados, Guyana, Jamaica, Suriname y Trinidad y Tobago.

DR-Centroamérica

Desde 1998, la República Dominicana tiene un pacto de libre comercio con Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua.

DR-Panamá

Además de estar vinculado a un acuerdo de libre comercio con Panamá a través del DR-CAFTA y el acuerdo DR-Centroamérica, la República Dominicana tiene un pacto especial con Panamá.

SGP

El Sistema de Preferencias Generalizadas es un programa a través del cual Japón, Nueva Zelanda, Noruega, Suiza y Turquía otorgan preferencias a países en desarrollo, como República Dominicana, para comerciar con ellos en condiciones privilegiadas.

Incentivos de exportación

Ley 8-90 sobre la promoción de Zonas de Libre Comercio

Ley 392-07 sobre competitividad e innovación industrial

Ley 84-99 sobre reactivación y promoción de exportaciones

Ley 56-07 que otorga prioridad al sector textil

Regimen ZF

CÓMO INSTALAR UNA EMPRESA BAJO EL RÉGIMEN DE ZONAS FRANCAS

Toda solicitud debe ser acompañada de una comunicación en papel timbrado de la empresa solicitante, dirigida a la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, firmada por el Presidente y/o la persona debidamente autorizada por la empresa, indicando el número del Registro Nacional del Contribuyente (RNC), dirección, teléfono y fax de la misma.

Cuando se trate de empresas operando deberá llevar además, el sello de la misma.
La solicitud será revisada por el Departamento de Zonas Francas y Parques antes de ser conocida por el Consejo Directivo.

La misma debe ser depositada en las oficinas del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación junto a los siguientes documentos:

Para más información:
Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación
Tel.: (809) 686-8077
https://cnzfe.gob.do/index.php/es/

  • Formulario de Solicitud de Permiso de Instalación para Zona Franca Industrial y de Servicio.
  • Contrato de arrendamiento y/o carta de intención del Parque donde se instalará la empresa.
  • Documentos constitutivos definitivos o preliminares de la empresa, indicando la relación de los accionistas, su nacionalidad y aportes.
  • Comprobante de pago (en el caso de que el pago se realice presencial o a través de transferencia bancaria)
  • Muestra del producto a fabricar.
  • Carta de solvencia o algún documento que identifique a los inversionistas.
  • Carta dirigida al CNZFE, para que se le autorice operar bajo el régimen de Zonas Francas, al amparo de la Ley 8-90.